Balances · Artículo · 1 min de lectura

¿Quién está obligado a presentar balance?

Todas las personas jurídicas privadas y quienes tienen una empresa o una actividad económica organizada deben llevar contabilidad y cerrar estados contables una vez por año. En la práctica: sociedades, asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales y fideicomisos. El monotributista no presenta balance.

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La obligación nace en el Código Civil y Comercial. Su artículo 320 dice que deben llevar contabilidad todas las personas jurídicas privadas y quienes realizan una actividad económica organizada o son titulares de una empresa o establecimiento. El artículo 326 agrega que, al cierre de cada ejercicio, se confeccionan estados contables anuales.

Quiénes

EntidadDónde se presenta, además de ARCA
Sociedad anónimaRegistro de la jurisdicción (IGJ en la Ciudad de Buenos Aires, Dirección de Personas Jurídicas en las provincias)
SRLRegistro, si su capital alcanza el monto del art. 299 inc. 2 de la Ley de Sociedades
SASLibros digitales y registro, según la jurisdicción
Asociación civil y fundaciónRegistro de la jurisdicción
Cooperativa y mutualINAES y órgano local
Fideicomiso y empresa unipersonal con balanceARCA

Quiénes no

El monotributista y la persona humana que no tiene una empresa organizada no presentan balance. Si un banco o un proveedor les pide números, lo que corresponde es una certificación de ingresos o una manifestación de bienes, firmada por un contador.

Qué es "presentar"

Un balance pasa por cuatro pasos: se prepara, lo audita un contador independiente cuya firma legaliza el Consejo Profesional, lo aprueba el órgano de gobierno (asamblea o reunión de socios) y se presenta ante ARCA y el registro que corresponda. Los plazos de cada paso están en la calculadora de vencimientos.

Próximo paso

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