Herramienta: el semáforo del balance muestra en un minuto la liquidez, el endeudamiento y la rentabilidad de tu empresa con cinco números.
La obligación nace en el Código Civil y Comercial. Su artículo 320 dice que deben llevar contabilidad todas las personas jurídicas privadas y quienes realizan una actividad económica organizada o son titulares de una empresa o establecimiento. El artículo 326 agrega que, al cierre de cada ejercicio, se confeccionan estados contables anuales.
Quiénes
| Entidad | Dónde se presenta, además de ARCA |
|---|---|
| Sociedad anónima | Registro de la jurisdicción (IGJ en la Ciudad de Buenos Aires, Dirección de Personas Jurídicas en las provincias) |
| SRL | Registro, si su capital alcanza el monto del art. 299 inc. 2 de la Ley de Sociedades |
| SAS | Libros digitales y registro, según la jurisdicción |
| Asociación civil y fundación | Registro de la jurisdicción |
| Cooperativa y mutual | INAES y órgano local |
| Fideicomiso y empresa unipersonal con balance | ARCA |
Quiénes no
El monotributista y la persona humana que no tiene una empresa organizada no presentan balance. Si un banco o un proveedor les pide números, lo que corresponde es una certificación de ingresos o una manifestación de bienes, firmada por un contador.
Qué es "presentar"
Un balance pasa por cuatro pasos: se prepara, lo audita un contador independiente cuya firma legaliza el Consejo Profesional, lo aprueba el órgano de gobierno (asamblea o reunión de socios) y se presenta ante ARCA y el registro que corresponda. Los plazos de cada paso están en la calculadora de vencimientos.
Tu balance, preparado y presentado a tiempo.
Preparamos los estados contables, coordinamos la firma y la legalización, y los presentamos ante ARCA y el registro. Con tu fecha de cierre te pasamos un presupuesto cerrado.
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